Los aborígenes se dedicaban a las tareas como la caza, la pesca y la agricultura, rigiendo sus actividades por las ordenes del jefe de grupo o cacique en cada tribu, los españoles, durante la conquista y la colonia impusieron ordenes y decretos. estas ordenanzas y decretos fueron recopilados con el nombre de LEGISLACIÓN INDIANA.
A partir del 1ª de enero de 1852 empiezan a aparecer algunas leyes sociales, que constituyen el fundamento de lo que hoy se conoce como Código Sustantivo del Trabajo.. He aquí algunas de ellas:
- Derecho individual del trabajo
- Derecho colectivo del trabajo
- El sistema de seguridad social integral.
Ley 29 de 1905 estableció una pensión de jubilación vitalicia para los magistrados de la Corte Suprema de Justicia que llegaran a la edad de 60 años.
Ley 57 de 1915 sobre accidentes de trabajo, mediante la cual el estado sufragaba los gastos de los accidentes de trabajo a los trabajadores de la construcción.
Ley 78 de 1919 tenia por objeto regular los aspectos relativos a la huelga y la contratación colectiva. El estado aceptaba que podía presentarse la huelga, pero no estaba reglamentada como un derecho de los trabajadores.
En 1936 se garantiza el derecho de huelga en la Constitución Nacional Art. 56.
con el paso del tiempo se fueron expidiendo algunas leyes, creando oficinas y dependencias encargadas de vigilar las relaciones entre empleadores y empleados, organismos protectores de los trabajadores.
Ley 96 de 1938 creo el Ministerio del Trabajo hoy en día denominado Ministerio de la Protección Social.
Ley 90 de 1946 creo el seguro social obligatorio y el Instituto Colombiano de Seguros Sociales, hoy ISS.
En el año 1950 se dio origen al Código Sustantivo del trabajo, estructurando los requisitos de un contrato, dando origen a tres grandes aspectos en el campo del derecho social
El Código Sustantivo del trabajo regula las relaciones laborales de los trabajadores particulares con los empleadores. Las relaciones labores entre empleadores y sindicatos oficiales y particulares.
El Ministerio de la Protección Social, tiene la función de vigilar y controlar que la legislación laboral se cumpla, practica visitas a las empresas e impone multas a empleadores y organizaciones sindicales. Procura dar solución a las dificultades laborales que surjan entre el empleador y el trabajador en el curso del contrato de trabajo e interviene en todos aquellos conflictos laborales colectivos que se presenten entre los trabajadores o el sindicato y el empleador.
El trabajo es un derecho y una obligación social y goza en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
El derecho laboral conocido
como derecho del trabajo es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela
del trabajo humano realizado
en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contra prestación.
La Revolución Industrial dio origen a nuevas relaciones de trabajo,
pues los trabajadores pasaron a desempeñarse en los establecimientos de
propiedad de sus empleadores. Esta nueva organización del trabajo los sometía a
condiciones de esfuerzo, horario, riesgos de accidentes, enfermedades
profesionales, falta de descanso y remuneración ínfima.
Fueron surgiendo diversos tipos
de protestas, como las manifestaciones, la huelga, la
ocupación de fábricas y el sabotaje, que
precedieron a la formación de organizaciones de trabajadores (los sindicatos).
Surgimiento del
principio tuitivo del Estado
Durante el siglo XIX exigieron la intervención del Estado en defensa de los
trabajadores.
Las escuelas intervencionistas quieren que el Estado proteja,
por medio de una política adecuada, a las clases sociales y culturales
perjudicadas con la libre distribución de la riqueza.
El socialismo, formulado por Karl Marx,
procuraba sustituir la estructura capitalista por un régimen en que no
existiera la propiedad privada de los medios de producción ni la explotación
por unos seres humanos de la fuerza de trabajo de otros.
La doctrina social de la
Iglesia abogó
por la reglamentación de las horas de trabajo, del trabajo femenino y de
menores. Asimismo condenó la fijación de un salario insuficiente, declarando un
deber de estricta justicia del patrón pagar al asalariado una remuneración que
le permita vivir en condiciones humanas.
El sistema
jurídico del trabajo
El surgimiento de las primeras leyes laborales data desde la
segunda mitad del siglo XIX. El derecho del trabajo
adquiere respaldo internacional plasmado en la creación de la Organización Internacional
del Trabajo (OIT).
Donde cese la subordinación, cesa la aplicación del derecho laboral.
Contenido
Conjunto de normas y principios teóricos que regulan las relaciones jurídicas entre empleadores y trabajadores y de ambos con el estado, originado por una prestación voluntaria, subordinada, retribuida de la actividad humana, para la producción de bienes y servicios.
derecho individual del trabajo: trata de las relaciones que emanan del contrato individual de trabajo entre un trabajador y su empleador.
derecho colectivo del trabajo: se refiere a las regulaciones de las relaciones entre grupos de sujetos en su consideración colectiva, del derecho del trabajo (sindicatos, organizaciones de empleadores, coaliciones,n 1 negociación colectiva, participación del Estado con fines de tutela).
derecho de seguridad social: se refiere a la protección de los trabajadores, principal (pero no exclusivamente) económica, ante los riesgos de enfermedad, accidentes, vejez, cesantía, etcétera.
Modalidades en función del plazo
Contratos de tiempo determinado
Son contratos laborales de plazo fijo o de obra determinada. Un contrato de plazo fijo sería aquel que requiere los servicios de un trabajador por un determinado período. Un contrato de obra determinada es aquel en que se solicitan los servicios de un trabajador para la ejecución de la obra. Finalizada la obra, el contrato se considera extinto.
Un contrato de plazo fijo que sea prorrogado constantemente pasa a ser considerado un contrato de tiempo indefinido, porque aplica el principio de primacía de la realidad.
Contratos de tiempo indefinido
Son aquellos contratos que no estipulan una fecha o suceso que de finalización al contrato de trabajo. Son los contratos que permiten a los trabajadores lograr la estabilidad laboral con el tiempo de prestación de sus servicios.
Modalidades especiales del trabajo
Trabajo por cuenta propia o autoempleo es aquel en el que el propio trabajador es el que dirige y organiza su actividad corriendo a su cargo el riesgo económico, y que puede adoptar dos formas básicas:
El autoempleo individual o trabajo autónomo, que se regula habitualmente por el derecho civil o el derecho comercial, bajo la forma de "contrato de locación de servicios" (profesiones liberales, oficios autónomos, etc.).
El autoempleo colectivo, en el que el trabajador se desempeña en una organización de la que él forma parte como miembro pleno en la toma de decisiones (cooperativa de producción o trabajo, sociedad laboral, etc.).
Trabajo informal en relación de dependencia o trabajo no registrado también llamado trabajo no registrado, o trabajo sin contrato, no cumple formalidades legales. Muchas grandes empresas utilizan un sistema de recursos humanos que combina el mantenimiento de un pequeño grupo "asalariado" formal empleado directamente por la empresa, con un amplio grupo de trabajadores que se desempeñan en empresas tercerizadas (outsourcing), muchas veces en condiciones de informalidad, sin protecciones laborales.
La ilegalidad absoluta, no pagan los impuestos; se observa parte de las regulaciones laborales, pero no todas.
Trabajo informal de simple supervivencia por cuenta propia
Este tipo de trabajo no debe confundirse con el anterior. Este tipo de trabajo es
de muy baja productividad y se realiza por cuenta propia, fuera de toda
formalidad legal (limpiavidrios en los semáforos, recolectores informales de
basura, vendedores callejeros, etc.).
En este tipo de trabajo, el trabajador, generalmente al terminar
sus estudios universitarios, mantiene una actividad laboral habitualmente
relacionada con la investigación. Es una figura derivada de la beca de
estudios, mediante la cual se remunera el trabajo realizado, pero el becario
permanece fuera del estatuto de los trabajadores, y carece por ello de gran
parte de los beneficios sociales. En ocasiones se pretende utilizar como una
forma legal de "contratación" de jóvenes trabajadores, lo que reduce
los costes salariales derivados del alta en la seguridad
social.
Fuentes del derecho laboral
Constitución
En las constituciones se contemplan las garantías y libertades
que tienen los individuos, y la protección de que gozan frente al Estado. En
ellas han comenzado a incorporarse, derechos
sociales que
regulan garantías mínimas aseguradas a los trabajadores, y frente a sus
empleadores. Es así como empiezan a aparecer en textos constitucionales
principios y derechos laborales que se refieran
a temas como los siguientes:
Jornada de trabajo, descanso semanal y vacaciones
anuales.
Seguridad social.
Estabilidad de los funcionarios públicos.
Seguridad e higiene en el trabajo. La
materia contempla dos temas específicos: los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales.
derecho de sindicación
derecho de huelga y de cierre
patronal.
derecho a negociar colectivamente.
Tratados
internacionales constituyen una fuente directa de
regulación de derechos laborales, garantizando a los trabajadores derechos mínimos que los Estados firmantes se obligan a respetar.
La principal fuente de tratados multilaterales es la Organización Internacional
del Trabajo (OIT),
que aprueba convenios y recomendaciones sobre todos los temas de derecho
laboral individual y colectivo.
Ley
Las leyes son la principal fuente del Derecho laboral, y la
directa expresión de la intervención del Estado en esta materia.
Leyes especiales
Que
rigen la materia laboral, como una ampliación de la normativa general
encontrada en los códigos civiles o los códigos de trabajo.
Leyes no laborales de aplicación supletoria
Un último eslabón de la legislación laboral se encuentra en
normas que pertenecen a otras disciplinas, al derecho
comercial o al derecho
civil.
Reglamentos
Los reglamentos de ejecución de las leyes laborales,
dictados por el poder
ejecutivo, dentro de los límites permitidos por la Constitución y las
mismas leyes,
Contratos de
trabajo
Es un acuerdo por el cual una parte (trabajador) se obliga a
prestar una actividad o servicio y la otra parte (empleador) se compromete a
retribuirlo mediante un salario.
Contrato individual de trabajo
sienta
las bases de la relación trabajador-empleador y contiene cuatro elementos principales:
- Las partes, trabajador y empleador
- El vínculo de subordinación de parte del trabajador para con el empleador.
- Los servicios personales realizados por el trabajador
- La remuneración (Salario) a recibir por el trabajador
Contrato individual de trabajo
Nos señala los tipos
de relaciones de trabajo
- Tiempo indeterminado
- Tiempo determinado
- Obra determinada
- Temporada
- Prueba
- Capacitación inicial
Contratos colectivos de trabajo
Las convenciones colectivas de trabajo constituyen acuerdos colectivos celebrados
entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, o un
sindicato o grupo de sindicatos y una organización o varias representativas de
los empleadores. También, en caso que no exista un sindicato, puede ser
celebrado por representantes de los trabajadores interesados, debidamente
elegidos y autorizados por estos últimos, de acuerdo con la legislación
nacional.
Reglamento
interior de trabajo
El reglamento interno, estipula las condiciones de trabajo en una
empresa u organización en particular. Supone obligaciones para el trabajador
pero también las delimita evitando la arbitrariedad disciplinaria del
empleador. Es de carácter unilateral, y el empleador fija en él las condiciones
disciplinarias, las relativas a higiene y salud y, en ocasiones, establece
principios generales de remuneración.

Principios generales del
derecho laboral
Tienen, dos funciones fundamentales:
- Fuente supletoria: cuando la ley deja vacíos o lagunas, y no existe jurisprudencia, uso o costumbre aplicable, los principios de derecho del trabajo entran como suplemento.
- Fuente interpretadora: sirven también para interpretar la normativa vigente, cuando esta sea confusa o haya diversas interpretaciones posibles.
principios básicos del derecho
laboral:
- Principio protector es el principio más importante del derecho laboral. Es el que lo diferencia del derecho civil. Parte de una desigualdad, por lo que el derecho laboral trata de proteger a una de las partes del contrato de trabajo para equipararla con la otra, a diferencia del principio de igualdad jurídica del derecho privado.
El principio protector contiene tres reglas:
- Regla más favorable: cuando existe concurrencia de normas, debe aplicarse aquella que es más favorable para el trabajador
- Regla de la condición más beneficiosa: una nueva norma no puede desmejorar las condiciones que ya tiene un trabajador.
- Regla in dubio pro operario: entre interpretaciones que puede tener una norma, se debe seleccionar la que más favorezca al trabajador.
Principio de
irrenunciabilidad de derechos
El trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente,
de los derechos y garantías que le otorga la legislación laboral, aunque sea
por beneficio propio. el principio de la autonomía
de la voluntad de derecho
privado se ve
severamente limitado en el derecho laboral.
Así, un trabajador no puede renunciar a su salario, o aceptar
uno que sea menor al mínimo establecido por el ordenamiento; si la jornada de
trabajo diaria máxima es de 12 horas, un trabajador no puede pedirle a su
empleador que le deje trabajar durante 18 horas.
Principio de
continuidad laboral
Le da la más larga duración posible al contrato de trabajo, por
el hecho de ser esta la principal (o única) fuente de ingresos del trabajador.
Principio de
primacía de la realidad
La demostración de la realidad que reina sobre la relación entre trabajador y
empleador. Así, ambos pueden contratar una cosa, pero si la realidad es otra,
es esta última la que tiene efecto jurídico.
Principio de
razonabilidad
Tanto el trabajador como el empleador deben ejercer sus derechos
y obligaciones, sin
incurrir en conductas abusivas del derecho de cada uno.
Principio de
buena fe
Las relaciones y conductas entre trabajadores y empleadores se efectúan de
buena fe.
Materias de derecho laboral
individual
Contrato
individual de trabajo
Es un convenio mediante el
cual una persona física se compromete a prestar sus servicios a otra persona a cambio de una remuneración. Para
que exista este contrato, se hace necesaria la presencia de tres elementos:
- Prestación personal de servicios.
- Remuneración.
- Subordinación jurídica. La subordinación jurídica es la relación de poder dar órdenes que el trabajador debe acatar.
Remuneración
El salario o remuneración, es el pago que recibe en
forma periódica un trabajador de su empleador a cambio del trabajo para el que fue contratado. Cuando los pagos son efectuados en forma
diaria, reciben el nombre de jornal.
El aguinaldo es un
ingreso extra que percibe el trabajador, adicional a su remuneración habitual.
Jornada de
trabajo
La jornada es el número máximo de horas que un empleador puede
exigir de un trabajador. Por ejemplo, 8 horas diarias y 45 horas por semana.
Las jornadas extraordinarias deben pagarse adicional
y con un valor monetario superior a la jornada usual.
Vacaciones y
feriados
Las vacaciones corresponden a una determinada cantidad de tiempo
que el trabajador puede ausentarse de su trabajo, sin dejar de percibir su
remuneración, por un acumulado de horas laboradas.
Los feriados son días que por ley se deben conceder como libres
al trabajador. El empleador tiene la facultad de exigirle al trabajador que los
trabaje, pero debe recompensarle monetariamente bajo un régimen distinto.
Seguridad
laboral
Lo relacionado a la salud ocupacional es de interés público. La
salud ocupacional tiene como objetivo la seguridad física y mental del
trabajador, así como protegerlo contra riesgos.
Los empleadores tienen las siguientes obligaciones:
- Asegurar contra riesgos del trabajo
- Investigar los accidentes y enfermedades profesionales que ocurran y eliminar o controlar sus causas.
- Denunciar los accidentes y enfermedades ante la autoridad administrativa designada.
Las legislaciones disponen en general que el trabajador que
sufra un accidente tiene derecho a:
- Asistencia médica, farmacéutica y a rehabilitación.
- Prótesis y aparatos médicos.
- Reeducación laboral
- Prestaciones económicas tales como indemnización por incapacidad temporal, pensión de invalidez, pensiones de viudez y orfandad.
Materias de derecho laboral
colectivo
Negociación
colectiva es aquella que se
realiza entre los trabajadores de una empresa reunidos a través de un sindicato o grupo de sindicatos y la empresa o
representantes de empresas del sector. La finalidad de la negociación es llegar
a un acuerdo en cuanto a las condiciones laborales aplicables a la generalidad
de los trabajadores.
Como medida de presión y para
hacer cumplir los acuerdos cuando consideran que no han sido cumplidos, los
trabajadores pueden acudir a la huelga.
La negociación colectiva es una manifestación particular del diálogo
social, y está considerado como un derecho fundamental. Mundialmente se encuentra garantizado en los Convenios 98 y
154 de la OIT.
Organizaciones
sindicales
Un sindicato es una asociación integrada por trabajadores en defensa y promoción de sus intereses
sociales, económicos y profesionales relacionados con su actividad laboral.
Los sindicatos por lo general negocian en nombre de sus
afiliados (negociación colectiva) los salarios y condiciones de trabajo (jornada,
descansos, vacaciones, licencias, capacitación profesional, etc.) dando lugar
al contrato colectivo de trabajo.
cuando un trabajador padece una afectación en su salud que le
impida o dificulte sustancialmente el desempeño de sus labores en “condiciones
regulares” y se tema que pueda ser discriminado por ese simple hecho, la Corte
Constitucional ha concluido en reiterada jurisprudencia que dichas personas
están en circunstancias de debilidad manifiesta y, por lo tanto, tienen derecho
a la estabilidad laboral reforzada (sentencias T-263 del 2009, T-936 del 2009,
T-780 del 2008, T-1046 del 2008 y T-467 del 2010).
La protección constitucional
opera en todos aquellos casos en que el trabajador desarrolla o posee una
enfermedad que le impide la realización normal de sus actividades.
La Corte Constitucional
establece protección especial a los trabajadores en situación de debilidad
manifiesta. Para despedir a un trabajador incapacitado, el empleador debe
solicitar la autorización previa ante el inspector del trabajo, de lo contrario
será sancionado conforme a la Ley 361 de 1997.



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